Funciones de superior categoría “una puerta al amiguismo”
A pesar de que el hospital tiene una amplia lista de Promoción Interna de categorías de Técnico Superiores licenciados, la dirección ha preferido utilizar, para cubrir, una plaza la figura de Funciones de Superior Categoría. Por esta vía ha nombrado a una trabajadora que ni está en listas de promoción interna ni tiene la formación del puesto. Tampoco existen, en nuestra opinión, razones de urgencia que obliguen a saltarse los procedimientos legales y habituales de osakidetza.
A pesar de todo, la dirección ha utilizado esta vía porque le permite colocar a quien les interesa, saltándose los criterios de igualdad, capacidad y mérito para el acceso en Osakidetza y adoptando una práctica amiguista. ¿Para que generan listas de Promoción Interna que luego no se utilizan?
ESK rechaza la vía de las Funciones de Superior Categoría porque es un paraguas para el enchufismo y el amiguismo.
Concurso de traslados de personal de gestión
- Elección del destino en el hospital
- La dirección llamara al personal por orden de puntuación para hacer la elección.
- Previamente se enviará a cada trabajador/a afectado y por correo electrónico un cuadro con todas las plazas que se ofertan y con los turnos de trabajo. También incluirá un enlace para poder verlo en la página de Osakidetza donde estará colgado.
- Plazos y documentación:
- Cese dentro de los 3 días siguientes publicación en el BOPV.
- Toma de posesión del nuevo destino:
- Cuando el destino de origen y el nuevo son en misma localidad: en los 3 días hábiles siguientes al cese.
- Cuando el destino de origen y el nuevo son de distinta localidad: en los 5 días hábiles siguientes al cese.
- Si hay cambio de Servicio de Salud: dentro del mes siguiente al del cese.
- Si es reingreso al servicio activo: dentro del mes siguiente al día de publicación BOPV.
- Si se obtiene el destino que se desempeña en C.S. o en PIT: al día hábil siguiente al del cese.
- Si se obtiene el destino que se desempeña en adscripción provisional: al día hábil siguiente al de la publicación de la asignación definitiva en el BOPV.
- DOCUMENTACION a presentar salvo que obre en poder de la Organización de servicios de destinos
- DNI o pasaporte o carné de conducir. La T.I.S. o tarjeta de afiliación a la Seguridad Social.
- Nombramiento y toma de posesión del último destino obtenido.
- Copia del cese en el destino de origen, en su caso.
- Declaración jurada y compromiso de confidencialidad cumplimentada, se facilitará por la Dirección de Personal.
- Certificado reconocimiento médico emitido por el Servicio de Prevención, para quienes no sean de
- Certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales que, en caso de no aportarse, autorización para su obtención.