ESK ha elaborado una guía que recoge los derechos laborales de las mujeres víctimas de violencia de género y/o violencia sexual. No son todos los derechos que nos gustarían, pero es importante saber que existen, conocerlos y aplicarlos. Llamamos a participar este 25 de noviembre en las movilizaciones organizadas por el Movimiento Feminista de Euskal Herria.
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En el trabajo también tienes derecho
Tienes derecho. Las mujeres víctimas de violencia de género y/o violencia sexual tienen derechos que van más allá de los derechos asistenciales. También en el ámbito laboral las mujeres que han sufrido violencia tienen derechos que pueden ayudarlas en su propio proceso.
La violencia contra las mujeres tiene muchas caras y también en nuestros centros de trabajo se dan situaciones de violencia. Para evitar y confrontar estas situaciones tenemos, entre otros, los protocolos de actuación frente al acoso sexual o por razón de sexo o diferentes medidas destinadas a eliminar las desigualdades que se dan en el ámbito laboral y que propician la violencia machista.
Sin embargo, lo que muy pocas veces tenemos en cuenta, por desconocimiento, es que aquellas compañeras de trabajo que han sido reconocidas como víctimas de violencia de género y/o violencia sexual tienen derechos, derechos que pueden ayudarlas a seguir con sus vidas, sin sufrir más revictimización, y sin perder ni el trabajo, ni la salud por el camino.
No son todos los derechos que nos gustarían, ni de lejos nos garantizan completamente poder vivir libres de violencia, pero es importante saber que existen, conocerlos y aplicarlos para que nuestras vidas se parezcan cada vez más a las vidas que queremos.
Las leyes, los recursos que ponen las administraciones a nuestra disposición gracias a la lucha del Movimiento Feminista no sirven de nada si desconocemos nuestros derechos o si no los ejercemos. Tenemos derechos, tienes derechos.
ESK ha elaborado una guía que recoge cuáles son estos derechos, que los explica y que pretende ser una herramienta más. Una herramienta para utilizar en nuestra acción sindical, para seguir luchando por una sociedad igualitaria y sobre todo para que ninguna mujer tenga que transitar hacia la supervivencia sola y sin derechos.
Tienes derecho aunque no haya sentencia judicial
Hasta no hace mucho las mujeres que habían sufrido violencia solo podían acreditar esta situación en base a una sentencia judicial condenatoria a su agresor. Además, las mujeres que habían sufrido violencia sexual no tenían reconocidos los mismos derechos que las víctimas de violencia de género.
Uno de los grandes caballos de batalla del movimiento feminista ha sido sin duda contextualizar, conceptualizar y hacer entender a la sociedad las especificidades de la violencia machista.
La violencia machista está profundamente enraizada en nuestra sociedad, en este sistema patriarcal que convierte a las mujeres en ciudadanas de segunda. Las mujeres en situación de violencia sufren procesos largos y complicados hasta que finalmente toman la decisión de denunciar formalmente lo que están viviendo si es que llegan a hacerlo. A este propio proceso hay que sumarle la desprotección y el maltrato que reciben por parte de una sociedad que las cuestiona permanentemente y de un sistema judicial absolutamente patriarcal que las revictimiza desde el momento en que interponen la denuncia policial. Al miedo, la vergüenza y la estigmatización se suma un sistema judicial, político y social, en la mayoría de las ocasiones, incapaz de acogernos y mucho menos de procurarnos ninguna reparación.
La violencia contra las mujeres, del tipo que sea, es la violencia que mayor cifra negra tiene. Es decir, de aquellos delitos que se producen, la violencia machista es en proporción la que menos se denuncia. Y sabemos que esto es así porque en los centros educativos, en los servicios sociales, en los centros de salud, en nuestros barrios, en los sindicatos… somos conocedoras de múltiples casos de violencia que nunca son denunciados y que nunca lo serán, hasta que no seamos capaces de dotar a las mujeres de las herramientas necesarias para poder hacer frente a las situaciones que están viviendo.
El movimiento feminista ha luchado incansablemente para que estas mujeres sean reconocidas como víctimas de violencia sin necesidad de ese aval judicial, de una sentencia que por cómo está estructurado el sistema judicial rara vez falla a nuestro favor.
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y sus posteriores modificaciones, así como la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual han conseguido que las mujeres en situación de violencia no necesiten una sentencia judicial para ser reconocidas como víctimas.
Además, la violencia de género también comprende la violencia vicaria, es decir aquella que los agresores ejercen contra familiares o personas menores de edad cercanas a la víctima.
La ley establece que este reconocimiento pueden tenerlo aquellas mujeres que tengan una sentencia judicial a su favor, pero también quienes tengan una orden de alejamiento, quienes tengan un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. también mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género y/o violencia sexual, o por cualquier otro título.
En el caso de las mujeres menores de edad, además podrán acreditarlo por documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial.
Tienes derecho a...
Tienes derecho a modificar tus condiciones laborales
Las casuísticas son diferentes según las circunstancias de cada mujer, pero lo cierto es que muchas mujeres supervivientes de violencia tienen muchas dificultades para adaptar su vida a las exigencias laborales.
Poder coincidir en horarios con su maltratador, la crianza en solitario de sus hijos e hijas, compatibilizar los procesos de sanación… todo esto, en ocasiones, se hace incompatible con mantener un trabajo, justo en el momento en el que probablemente es más necesario es para su supervivencia.
La ley, sin embargo, contempla hasta cierto punto estas situaciones y las mujeres que tienen acreditada su situación de víctima de violencia tienen derecho a una reducción o reordenación del tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica, al cambio de centro de trabajo, a la adaptación de su puesto de trabajo y a los apoyos que precise por razón de su discapacidad para su reincorporación.
En ocasiones no es viable mantener el puesto de trabajo, bien porque el agresor trabaja en la misma empresa, bien porque la mujer no puede seguir por su propia seguridad en el mismo lugar o por las razones que sean y se ve obligada a dejar su puesto de trabajo. Estas situaciones también están protegidas por la ley y la mujer víctima de violencia puede suspender la relación laboral con reserva del puesto de trabajo o extinguir su contrato de trabajo con derecho a cobrar la prestación por desempleo en ambos casos.
Si estás en paro sigues teniendo derecho
Si bien tenemos muy claro que el trabajo asalariado no es la clave para la liberación de las mujeres, no podemos obviar que las mujeres en situación de violencia difícilmente pueden salir adelante sin un empleo que les garantice su supervivencia.
En este sentido existe el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género inscritas como demandantes de empleo recogido en el RD 1917/2008 y que contempla medidas como programas de formación, incentivos para iniciar una nueva actividad por cuenta propia, ayudas a la movilidad geográfica, compensación de las diferencias salariales por cambio de trabajo…
Tienes derecho a tomarte tu tiempo
El camino a transitar para una mujer víctima de violencia de género y/o violencia sexual es difícil. Atención psicológica, visitas médicas… La ley también contempla algunos supuestos y protege a las mujeres en dicha situación. Las ausencias o faltas de puntualidad al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género están justificadas y serán remuneradas, cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o servicios de salud.
En el caso de las mujeres autónomas si por este motivo se ven obligadas a cesar su actividad se las considerará en situación de cese temporal de la actividad y se les suspenderá la obligación de cotización durante un período de seis meses, que les serán considerados como de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de Seguridad Social. Asimismo, su situación será considerada como asimilada al alta.
Si estás en situación irregular también tienes derechos
Desde el momento en que se haya dictado a favor de la mujer una orden de protección o emitido informe del Ministerio Fiscal en el que se aprecie la existencia de indicios de violencia de género, las mujeres extranjeras en situación administrativa irregular tienen derecho a solicitar un permiso excepcional de residencia y trabajo de una duración máxima de 5 años, durante los cuales puede acceder al permiso de residencia y trabajo de larga duración.
Además, concedida la autorización provisional de residencia y trabajo, se puede acceder a derechos como la RAI (Renta Activa de Inserción), y a la ayuda económica recogida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004.
Vergüenza vosotros
Tenemos derechos sí, tenemos derechos las mujeres que hemos sufrido violencia machista, tenemos derecho las mujeres que día a día padecemos este sistema patriarcal, heteronormativo, racista y colonialista. Derecho a que nos consideren personas, a ser mujeres libres y ciudadanas de primera como el resto. Pero sobre todo tenemos derecho a no tener vergüenza porque es hora ya de que la vergüenza cambie de bando, de que sean quienes agreden, violan, humillan, acosan, menosprecian, discriminan, someten o simplemente callan ante esto quienes tienen que pasar vergüenza.
Es hora de romper el silencio del que tantos se han aprovechado, de hacer entender que, si no eres parte de la solución, simplemente, eres el problema, Es el momento de romper con las complicidades, de salir a las calles y dejar muy claro que no nos van a callar. Este 25 de noviembre volveremos a llenar las calles de Euskal Herria y esta vez no vamos a aceptar excusas, los únicos que tienen que pasar vergüenza son quienes nos quieren calladas y doblegadas, quienes usan su poder para someternos y quienes responden con silencio cómplice mientras someten a sus compañeras. A partir de ahora la vergüenza cambia de bando, el 25 de noviembre todas a la calle porque tenemos derecho a tener vidas que merezca la pena ser vividas, vidas libres de violencia machista.
Movilizaciones 25 de noviembre de 2024
Estas son las movilizaciones organizadas por el Movimiento Feminista de Euskal Herria a las cuales nos sumamos y animamos a participar:
- Baiona: 18:30 h Ayuntamiento
- Gasteiz: 19:00 h San Antón
- Bilbao: 19:00 h Sagrado Corazón
- Donostia: 19:00 h Boulevard
- Iruñea: 20:00 h Plaza del Castillo
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25N: Las mujeres víctimas de violencia tienen derechos laborales específicos
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