
Osakidetza dispone de una serie de procesos a través de los cuales su personal fijo puede mover, de forma temporal o permanente, su plaza a otro centro o puesto de trabajo de su preferencia.
A través del presente artículo vamos a tratar de explicar los diferentes procesos de movilidad y cómo acceder a ellos, así como enlazar a la normativa que rige los mismos.
Antes que nada, hemos de repetir que son procesos en los que exclusivamente puede participar personal fijo.
He sacado plaza en otra provincia u OSI ¿Cómo puedo mover mi plaza más cerca de mi domicilio?
Existen dos formas de resolver este problema:
COMISIONES DE SERVICIO
Puedes descargar la normativa que rige las comisiones de servicio desde aquí.
1. De forma temporal puede solicitarse una comisión de servicios en cualquier OSI de tu preferencia. La comisión de servicios te permite cambiar de OSI de forma rápida, pero temporal. Tu plaza sigue estando donde te fue adjudicada en el proceso de oposición.
NOTA: La persona trabajadora no podrá participar en ningún proceso de movilidad en la OSI en la que se encuentre en comisión de servicios.
Normalmente las comisiones de servicios siguen la normativa del concurso de traslados, pero no se barema la formación. Solo cuenta la experiencia profesional y el euskera tal y cómo se relaciona en la siguiente tabla:

Cada OSI gestiona las comisiones de servicios bajo sus propios criterios, por lo que tienen hojas de comisiones de servicios diferentes, por ejemplo. La mencionada hoja de comisiones de servicios ha de solicitarse en cada OSI, no todas la tienen colgada en su intranet, pero aquí tienes una recopilación, de las mismas.
Nota: Las OSIs de Tolosaldea y Goierri-Alto Urola gestionan las comisiones de servicios a través de su intranet. Puedes acceder a las mismas desde los ordenadores de Osakidetza a través de los presentes enlaces.
Desde ESK sindikatua consideramos que Osakidetza debiera de implantar un sistema informático único en el que las personas interesadas pudieran realizar la solicitud de comisiones de servicios electrónicamente para facilitar el proceso.
Puedes entregarla tras firmar tu plaza, ya que a través del registro centralizado se encargarán de hacerla llegar a la OSI correspondiente. Sólo puede realizarse la solicitud de la comisión de servicios una vez hayas firmado la plaza obtenida en la oposición.
El orden en el que se apareces en esa lista difiere si se ha baremado a sus componentes o no.
Al firmar la plaza y solicitar una comisión de servicios se te añade al final de la lista, sin puntuación y con el único criterio de la fecha de entrega de la hoja de solicitud de comisión de servicios.
Si dos personas la entregasen el mismo día tendría prioridad la más mayor.
Si una persona no coge el destino que le ofrecen la borrarían de la lista de comisiones de servicio de ese municipio durante un año y pasan a llamar a la siguiente en la lista.
Cuando cada OSI lo estima oportuno elabora unos listados y realiza la baremación de cada persona inscrita, siguiendo los criterios de la siguiente tabla.

CONCURSO DE TRASLADOS
Puedes descargar la normativa que rige el concurso de traslados desde aquí.
2. De forma definitiva a través del concurso de traslados.
Este proceso es mucho más largo y no te permite cambiar de OSI tu plaza de forma rápida, pero sí es un cambio definitivo. Al contrario que en las comisiones de servicios aquí sí se barema la formación, lo que alarga el proceso.
• Si estás en comisión de servicios deberás de participar en el proceso para tratar de mover tu plaza.
• Lo mismo sucede si no tienes una adscripción definitiva de plaza.
Para apuntarte al concurso de traslados puedes seguir nuestro manual a través de este enlace:
Importante: En el concurso de traslados se reduce considerablemente la puntuación que se otorga a los perfiles lingüísticos y al tiempo trabajado, mientras que la puntuación máxima de formación se mantiene en 20, siendo este un factor diferenciador muy importante a la hora de baremar a las personas trabajadoras.
Osakidetza establece que su concurso de traslados es abierto y permanente, lo que realmente es una falacia, porque, aunque te puedas apuntar en cualquier momento, de ahí su carácter abierto, no lo gestiona de manera continua, lo que no lo convierte en un sistema ágil para mover tu plaza de forma definitiva.
Al ser un proceso abierto, te permite inscribirte en el mismo en cualquier momento, algo que puede considerarse como una ventaja, pero que puede acabar siendo un inconveniente.
Sólo cuando está abierto el periodo de inscripción o ciclo de tu categoría es cuando Osakidetza establece las plazas que saca al concurso de traslados. Si realizas la elección cuando el ciclo no está abierto te encuentras con dos problemas:
1. No sabes realmente qué plazas se convocan al concurso de traslados, por lo que puede que elijas plazas no vacantes y no puedas mover tu plaza a ellas.
2. Si solamente tienes interés en moverte a alguna(s) plaza(s) muy concreta(s) y esta(s) sufren ligeras alteraciones en su denominación debido a cambios de turno, por ejemplo, ya no son la misma plaza que tu habías elegido mientras no estaba abierto el ciclo. De producirse algún cambio ni tan siquiera la habrás elegido como posible destino en el futuro concurso de traslados.
Por lo tanto, desde ESK sindikatua recomendamos participar en el concurso de traslados únicamente cuando está abierto, para evitar que los mencionados problemas te impidan poder trasladar tu plaza.
El concurso de traslados te permite cambiar definitivamente de OSI a una más cercana a tu domicilio, o cambiar de centro de trabajo en la misma OSI.
Plazos de incorporación
La resolución de adjudicación definitiva de destinos se publicará en el BOPV. A partir del día de publicación se disponen de tres días hábiles siguientes para realizar el cese en la plaza que se venía desempeñando.
La toma de posesión con carácter general supone la incorporación al destino y se dispondrán de los siguientes plazos:
• Tres días siguientes al cese si las plazas son en la misma localidad.
• Cinco días si son distinta localidad dentro de la CAV.
• Un mes si supone cambio de sistema de salud o reingreso al servicio activo.
Los días entre el cese y la toma de posesión se tiene contrato y se cotiza en la seguridad social.
PROMOCIÓN INTERNA
- Temporal:
Puedes descargar la normativa que rige la promoción interna temporal desde aquí.
Desde el mismo día que se firma la plaza de una categoría puede solicitarse trabajar en otra. El único requisito es poseer la titulación requerida para participar en el concurso oposición de la categoría a la que se quiera promocionar.
También puede realizarse una promoción interna intercentros, solicitando trabajar en una OSI diferente a la tuya.
Cuando realizas una promoción interna mantienes tu plaza de origen y sólo estás trabajando temporalmente en otra que debe de tener código.
- Definitiva: (Supone la obtención de una plaza de superior categoría a través de un concurso oposición)
Para optar a coger plaza en el turno de promoción interna de un concurso oposición es necesario haber trabajado como personal fijo dos años en tu categoría de origen.
Al coger plaza se pierde la opción de realizar promoción interna temporal a esa categoria.
PROCESOS DE MOVILIDAD DENTRO DE LA OSI
Puedes descargar la normativa que rige los procesos de movilidad desde aquí.
Adecuación por motivos de salud
Con un informe médico y el visto bueno de la UBP, si no es posible desempeñar tu actual puesto de trabajo por motivos de salud, pueden adecuarte el puesto o incluso trasladarte a otro dentro de la OSI.
Adecuación interna
En caso de que quedase una plaza vacante en el servicio en el que trabajas, primero se ofrece su cobertura a las personas fijas del servicio, que pueden querer cambiar de puesto o turno yendo al que se encuentra vacante.
Movilidad interna
Este proceso puede ser temporal o definitivo y es dentro de la misma OSI.
• Movilidad interna temporal
Se ofrecen plazas a movilidad interna temporal cuando su propietario la deja vacante, pero tiene derecho a reserva de la misma.
• Movilidad interna definitiva
Se ofrecen plazas a movilidad interna definitiva cuando la plaza está vacante y carece de propietario. Participando en esta movilidad cambias tu plaza de lugar de forma definitiva y dejas la tuya vacante.
Movilidad forzosa
Puedes descargar la normativa que rige los procesos de movilidad forzosa desde aquí.
Se produce cuando por necesidades organizativas Osakidetza cambia de centro de trabajo la ubicación de tu plaza.
La Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en su artículo 28, Norma Común Tercera, apartado 6, señala que "El desempeño de un puesto funcional o la adscripción a un destino en el ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud podrá ser objeto de traslado a otro puesto funcional o destino dentro del mismo ámbito territorial del área de salud”.
El personal fijo desplazado por un procedimiento de movilidad forzosa, tendrá preferencia para obtener destino mediante su participación, por una sola vez y en relación con uno de los dos procedimientos de movilidad que se indican a continuación:
1. En el primer proceso de carácter general en el que Osakidetza convoque plazas de su misma categoría/puesto funcional en la organización de servicios de origen.
2. En el primer proceso interno de la organización de servicios a la que resulte adscrito en el que se convoquen plazas de su misma categoría/puesto funcional, con posterioridad a la fecha de incorporación efectiva a su nuevo puesto de trabajo.










