A continuación os dejamos una serie de preguntas y respuestas que pretenden aclarar vuestras dudas. También os dejamos una guía de Argilan-esk sobre el Ingreso Mínimo Vitial (IMV).

 

 

 


 

¿Quién gestiona el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en Euskadi y Navarra?

En Euskadi lo gestiona Lanbide. Y en Nafarroa el Gobierno de Navarra a través de los Servicios Sociales (aunque en la web, de momento, no aparece ninguna mención al IMV).

  

 

¿Cómo solicito el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?

El IMV es una prestación no contributiva de la Seguridad Social, por lo que es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) quien la tramita. Si antes del 31 de octubre de 2020 se hacen convenios de colaboración, el trámite se podrá iniciar a través de otras entidades. En Euskadi y Nafarroa el IMV será tramitado por Lanbide (CAPV) y los Servicios Sociales (Nafarroa). Aquí puedes encontrar más información.

 

 

¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar el Ingreso Mínimo Vital?

Son 9 los requisitos que debes de cumplir. Aquí tienes toda la información bien detallada.

 

 

¿Qué significa ser Unidad de Convivencia (UC) en el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?

Significa que sois personas que convivís en un espacio y que, a juicio de la institución (Lanbide, la Seguridad Social, etc.) compartís ingresos económicos.

De cara al IMV, serás UC si:

  • Tienes entre 23 y 64 años ó 65 o más si no cobras pensión de jubilación y,
  • Vives sola o, compartiendo casa, formarás UC:
    1. Si hay matrimonio, relación de consanguineidad o afinidad hasta 2º grado (incluidos supuestos de adopción o acogimiento permanente) o parejas de hecho (se considerará si hay relación de afectividad al menos 2 años estén o no dados de alta en el registro de pareja de hecho).
    2. Si eres Víctima de Violencia de Género con hijas e hijos o menores a cargo y sus familiares hasta 2º grado.
    3. Si has iniciado los trámites de separación o divorcio (acreditado con demanda o resolución judicial) y tienes hijos o hijas o menores a cargo y sus familiares hasta 2º grado.
    4. Si sois dos o más personas en el mismo domicilio de, al menos 23 años y una de vosotras tiene discapacidad igual o mayor del 65% o es mayor de 65 años y no cobra pensión o, se encuentra en situación de exclusión social según la Diputación Foral o la CCAA.
    5. Si sois personas que viven solas, pero comparten casa con otras que son UC, en los términos de arriba, se considerará que las que comparten vínculo formarán una UC y vosotras/os (seas tú sola o varias/os compañeras/os de casa), otra UC entre todas y todos.
    6. Si eres menor de 30 años debes demostrar haber vivido de forma independiente al menos 3 años anteriores a la solicitud (fuera de casa de progenitores –madres, padres o tutores- y con al menos 12 meses de alta en la seguridad social en ese período de 3 años).
  • No se puede pedir el IMV si vives en residencia de forma permanente financiada por fondos públicos (excepto víctimas de violencia de género y trata de seres humanos).
  • Las víctimas de violencia de género y las de trata de seres humanos y explotación sexual NO tendrán que cumplir el requisito de la edad.
  • Si con certificado de los servicios sociales se acredita que una UC que tiene una persona con discapacidad o una persona menor, hace uso exclusivo de una parte de un domicilio, se considerará domicilio, a efectos de pedir el IMV. Pero tendrás que presentar un informe de servicios sociales.
  • Si hay un contrato que acredite que una persona vive en una pensión u hotel, será considerado domicilio a efectos de pedir el IMV. Esto NO se aplicará si no media contraprestación económica.
  • La composición de la UC se acreditará con libro de familia, registro civil y datos de padrón (facilitados por el INE, no será indispensable presentarlos salvo que lo soliciten por entender que no queda debidamente demostrado).
  • La condición de Víctima de Violencia de Género se acreditará mediante sentencia condenatoria, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, informe del Ministerio Fiscal, mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente.
  • La condición de Víctima de Trata de Seres Humanos se acreditará mediante informe emitido por los servicios públicos encargados de la atención a integral a las víctimas, los servicios sociales u otras que determine el reglamento.

 

 

¿Qué es hacer valer derechos económicos?

Hacer valer derechos económicos, es haber pedido todas las ayudas, prestaciones o pensiones a las que se tenga derecho. También aceptar herencias o empleos, o cualquier cosa a la que tengas derecho y suponga que mejorarías tu situación económica. Esto supone que si tienes derecho a cobrar algo, lo cobres antes de pedir el IMV.

 

 

¿Qué es la residencia efectiva?

Según las instituciones públicas, la residencia efectiva y la residencia no son lo mismo. La residencia efectiva es el tiempo que realmente vives en un lugar (no solo que estás empadronado). De cara al IMV, la residencia efectiva se interrumpe si sales más de 90 días del Estado Español.

 

 

¿Qué es la inseguridad jurídica?

Es lo que pasa cuando las leyes no son claras y hacen que las personas no tengan claro qué pueden hacer y qué no. En el caso del IMV por ejemplo, de 37 artículos que tiene la ley, se dice 37 veces que la prestación funcionará según lo que diga el reglamento. Y el reglamento, mucho después de aprobada la ley, sigue sin existir. En el caso de la RGI por ejemplo, la inseguridad jurídica se ve en que la ley se aprobó en 2008, cambió en 2011 y aún no hay reglamento actualizado (es de 2010). De este modo, Lanbide usa lo que se llama “documento de criterios” como reglamento y aunque se usa desde 2010, no se hizo público hasta 2017. Esto hace que tengas, por ejemplo, obligaciones, que nadie te cuenta y que no son públicas.

 

 

¿Qué es encontrarse en situación de vulnerabilidad económica?

Es decir, que sumando todos los ingresos y el patrimonio (coches, garajes, dinero en el banco, etc.) que tengan todas las personas que convivan en la unidad de convivencia (UC), sin contar las prestaciones sociales (RGI, RG, Ayudas de Emergencia, etc.) no superen estas cantidades.

 

 

¿Puedo cobrar el Ingreso Mínimo Vital si tengo sueldo?

Se puede cobrar si estás trabajando y tu sueldo es bajo porque es compatible con ingresos procedentes del empleo, siempre dentro de los límites de ingresos de referencia del punto anterior. El reglamento podría cambiar esto y poner cosas especiales, pero de momento no sabemos nada.

 

 

¿Cómo demuestro si soy víctima de violencia de género o víctima de trata de seres humanos?

Para el ingreso mínimo vital serás víctima de violencia de género siempre que cuentes a tu favor, con:

  • Una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género o
  • Una orden de protección o,
  • Cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o
  • Un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género, o
  • Un informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o, por último,
  • cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.

Para el IMV serás víctima de trata de seres humanos y de explotación sexual, siempre que cuentes con un informe emitido por los servicios públicos encargados de la atención integral a estas víctimas o por los servicios sociales, así como por cualquier otro medio de acreditación que se determine reglamentariamente.

 

 

¿Qué es el informe de servicios sociales y cómo lo pido?

Pues de momento no sabemos cómo se va a plantear en Euskadi ni en Nafarroa. A priori es un informe que tendrían que hacer los servicios sociales. Durante 5 años se podrán habilitar mediante un registro, a entidades sociales del Tercer Sector que estén de alta en un registro de Mediadores del IMV que han creado y que podrán también emitir informes.

Estos informes se podrán pedir para:

  1. Acreditar que, si tienes un padrón ficticio, efectivamente tienes residencia en el lugar en que lo estás pidiendo.
  2. Acreditar que el servicio residencial en que estas, es temporal y no permanente.
  3. Acreditar que vives en un sitio diferente al que tienes como empadronamiento.
  4. Acreditar que no te une ningún vínculo con las personas que compartas casa y que lo haces porque estás en riesgo de exclusión social y por eso necesitas el IMV.
  5. Acreditar que eres una unidad de convivencia independiente desde hace al menos, un año.

 

¿Qué obligaciones tengo por cobrar el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?

Desde que la pidas (aunque no te hayan concedido aún) y hasta que la dejes de cobrar, todas las personas de la unidad de convivencia tienen que cumplir con las siguientes obligaciones, de lo contrario, se arriesgan a tener sanciones:

  1. Dar todos los documentos que te piden para demostrar que cumplen con los requisitos y garantizar que reciben las notificaciones que se les hagan.

  2. Devolver lo que te hayan pagado y no te corresponda. Te lo podrán pedir hasta 4 años después de haberte pagado o de haberte sancionado.

  3. Comunicar (pedir permiso) a quien gestione la prestación (el INSS, Lanbide u otros) ANTES de viajar al extranjero cualquier persona de la UC, excepto 15 días al año. Las salidas al extranjero tendrán un límite máximo de 90 días al año.

  4. Presentar cada año la declaración del IRPF. Es decir, en principio, si este año 2020 vas a pedir el IMV, es posible que te pongan problemas si no has hecho la declaración de la renta en el año 2019.

  5. Si no se está trabajando, acreditar estar apuntada como persona desempleada en los 6 meses desde que se pide el IMV (hayan o no resuelto la solicitud), excepto: menores de 28 años matriculados en estudios reglados, ser cuidador (con convenio con la Seguridad Social) de una persona dependiente, ser pensionista por invalidez o gran invalidez o jubilación, tener una discapacidad igual o superior al 65%, tener reconocida una dependencia. Tienes que presentar el documento (DARDE), pero lo pueden comprobar de oficio.

  6. Si estás trabajando y percibes el IMV, tendrás que cumplir con lo que diga el reglamento cuando lo publiquen.

  7. Participar en las estrategias de inclusión que ponga en marcha el Ministerio de Inclusión,Seguridad Social y Migraciones en los términos que se decidan.

  8. Cualquier otra obligación que pongan con el reglamento cuando lo publiquen.

  9. Si NO eres el titular y éste fallece, tienes obligación de comunicarlo antes de 30 días.

  10. Si NO eres el titular y éste, o cualquier otra persona de la UC está haciendo algo “que distorsione aquello para lo que te dan el IMV, tienes obligación de comunicarlo antes de 30 días.

  11. Si NO eres el titular y éste, no cumple sus obligaciones, tienes que cumplirlas tú.

 

 

Impresos online para solicitar el Ingreso Mínimo Vital en Euskadi

Aquí tienes el impreso que necesitas para solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en Euskadi. Recuerda que tienes que cumplir estos requisitos.

 

 

¿Y si cumplo con todo, cuándo me pagarán el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?

El IMV se pagará desde el primer día del mes siguiente a haberlo pedido (la administración tiene tres meses para responder). Esto es, si la pides el 01 de enero de 2021 te pagarán cuando resuelvan desde el 01 de febrero de 2021.

Cuando se registra la solicitud, en el plazo máximo de 30 se comprobará si se admite o no a trámite.

  • Si no se admite, cabe reclamación en primer lugar, ante la seguridad social (en el plazo de 30 días si se notifica, o en el plazo de máximo de 6 meses desde que solicitó si no te han notificado).
  • Si se admite, puede ser concedida o denegada y debe de ser notificada en un plazo máximo de 6 meses desde la entrada en registro de la solicitud.

Ahora, debido al colapso que ha generado el Covid en la Seguridad Social, si lo has pedido antes del 01 de enero de 2021, te reconocerán la prestación desde el 01 de junio de 2020.

Si se superan los 6 meses y no te han pagado tienes que entender que no te han concedido la prestación (el silencio administrativo es negativo en este caso).

 

 

¿Qué es el silencio administrativo en el Ingreso Mínimo Vital y cómo funciona?

Es lo que pasa cuando esperas que la administración te responda, se cumplen los plazos de respuesta y no han dicho nada. Silencio administrativo negativo significa que NO te conceden, que no te dan la razón. En el caso del IMV, si en 6 meses NO te han respondido nada, significará que no te lo dan.

 

 

¿Me pueden suspender y extinguir el Ingreso Mínimo Vital (IMV) antes de ser sancionado/a?

Sí. La ley que regula el IMV dice que te pueden suspender o extinguir (parar o quitar) el IMV según lo que diga el reglamento, aunque no te hayan iniciado ningún procedimiento sancionador.

Esto significa que la administración decidirá si eres o no culpable sin darte opción de defenderte si:

  1. Entiende que has perdido algún requisito
  2. Entiende que has incumplido alguna obligación
  3. Sabe que te has ido al extranjero sin pedir permiso
  4. De forma cautelar si tienen sospechas el INSS o la entidad gestora, de que estás incumpliendo
  5. De forma cautelar si no se aporta o no se renueva el informe social (enlace a preguntas frecuentes) que acredite requisitos o situación de exclusión social
  6. Incumples algo de lo que planteen como obligaciones si además del IMV, tienes empleo.
  7. Cualquier otra causa que aparezca en el reglamento que pongan cuando aprueben el reglamento.

Este elemento es gravísimo ya que se aplica a esta prestación un régimen jurídico de excepción, distinto al que se aplica al conjunto de las prestaciones sociales que gestiona la Seguridad Social (INSS). Se trata, sin duda, de un prejuicio legal contra las personas en situación de pobreza, ya que presupone que la administración tiene razón frente a ellas.

 

 

Sanciones en el Ingreso Mínimo Vital (IMV)

El Real Decreto-ley que aprueba el Ingreso Mínimo Vital establece un amplio catálogo de sanciones, que vienen a dar rango de ley, por ejemplo al régimen sancionador que pretendía Gobierno Vasco durante la reforma de la RGI.

  • Para infracciones leves: que serían no dar documentación o no comunicar algo que NO te hace perder el derecho al IMV, podrán imponerte un apercibimiento.
  • Para infracciones graves: que serían no dar documentación o no comunicar algo que haga que cobres un dinero que no te corresponda  y  que  sea  menos  del  50% de  lo  que  te  correspondería o, no   comunicar viajes o, tener una 3ª infracción leve en 1 año o, no participar de las estrategias del  Ministerio, u otras que diga el reglamento, podrían imponer sanciones en grado mínimo, medio o máximo (perder la prestación 1, 2 o 3 meses respectivamente o si te la quitan, devolver el dinero correspondiente a 1, 2 o 3 meses de prestación).
  • Para las infracciones muy graves: que serían no dar documentación o no comunicar algo que haga que cobres un dinero que no te corresponda y que sea más del 50% de lo que te correspondería o, viajar más de 90 días al año al extranjero sin haber pedido permiso o, actuar fraudulentamente aportando documentos falsos o, haber tenido dos faltas graves en 1año  u otras que imponga el reglamento, podrían suponer sanciones en grado mínimo, medio o máximo (la pérdida de la prestación por hasta 4, 5 o 6 meses respectivamente, o la devolución de 6 mensualidades si implica que no sigas teniendo derecho al IMV).

En el caso de que la sanción aplicada sea por infracciones muy graves y, además la persona solicitante ha falseado la declaración de ingresos o patrimonio, o ha cometido una actuación fraudulenta que suponga un mantenimiento o aumento indebido de lo que cobra, podrá tener impedida la posibilidad de volver a pedirlo en 2 años.

La administración, de forma cautelar, si quien gestiona tiene indicios (sospechas) de que hay un incumplimiento podrán paralizarte la prestación.

Estas sanciones no quitan de la obligación de devolver el dinero que pueda corresponder.

Serán responsables de las infracciones todas las personas de la unidad de convivencia o cualquiera que hubiera ayudado a cometer las irregularidades, también para la devolución del dinero.

 

 

¿El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una Renta Básica?

A pesar de todo lo que se ha venido oyendo, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) no es una renta básica. Te contamos por qué.

 

 

¿Qué es la 'renta garantizada' en Navarra?

Es una prestación económica que busca garantizar el mínimo para una vida digna a las personas y unidades familiares que se encuentran en situación de pobreza.  La Renta Garantizada es complementaria de cualquier otro ingreso al que se pueda tener derecho. Puedes encontrar más información en la web del Gobierno de Navarra

 

 

¿Qué es Lanbide?

Es el Servicio Vasco de Empleo. En su web encontrar toda la información sobre qué hace y sobre los trámites que puedes hacer.

 

 

¿Cuál es la web de Lanbide?

En la web de Lanbide también tienes información.

 

 

¿Qué es la Seguridad Social?

Es una institución dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en la que todas las personas trabajadoras aportan una pequeña parte de sus nóminas (esa aportación económica se llama 'cotización') para poder financiar un sistema que cubre a las personas trabajadoras si tienen accidentes laborales, enfermedades o incapacidades, así como para cubrirnos cuando nos hacemos mayores y nos jubilamos.