Te explicamos que es el Ingreso Mínimo Vital y la diferencia que tiene con la Renta Básica Incondicional.

 

 

 


 

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación de derecho subjetivo. Es decir, que es un derecho que tienen las personas que no tienen ingresos y que cumplen unas condiciones y que el presupuesto no se puede agotar y, en caso de que no se le conceda la prestación, reclamarla ante los juzgados.

El IMV se reconoce, en teoría, para prevenir el riesgo de pobreza, pero sólo lo podrán cobrarlo personas que estén en situación de lo que se conoce como “pobreza severa”. Es decir, de quienes cobren menos de 492,66 €/mes si son personas solas.

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) viene regulado por el el el Real Decreto-ley 20/2020. Tras haberlo aprobado el 29 de mayo, ha cambiado en tres ocasiones el 22, el 28 de septiembre del 2020 y el 3 de febrero de 2021.

En nuestra opinión, detrás de los grandes titulares, el IMV es un derecho vacío:

  • Porque no va a llegar a lo que dice que busca, y está dejando a muchas personas en situación de vulnerabilidad, además de haber sido una gran oportunidad perdida.
  • Porque a día de hoy, más de 6 meses después de su aprobación, sigue dejando a muchas personas en la estacada. No se ha respondido y se sigue con muchas dudas sobre cómo funcionará.
  • Porque da valor a cosas que, con la RGI llevamos años peleando y las convierte de alguna manera, en ley, lo que nos frenará para luchar contra medidas injustas que vienen aplicándose durante años y ahora tienen soporte legal.
  • Porque la seguridad social, que es quien la resuelve, está colapsada y no está atendiendo presencialmente y es muy difícil también que te atiendan por teléfono. La única vía a día de hoy, es la informática a través de este enlace: https://imv.seg-social.es/ NO es necesario que tengas certificado digital, solo un ordenador o un móvil con cámara. 

 

 

¿El Ingreso Mínimo Vital es una renta básica?

A pesar de todo lo que se ha venido oyendo, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) no es una renta básica. Te contamos por qué:

  • NO es un derecho incondicional. Es condicionado, tienes que cumplir condiciones y requisitos para poder pedirla. Además, es difícil de entender y genera mucha inseguridad jurídica. Además, se han hecho 3 modificaciones de la ley en menos de 6 meses que hacen que todo sea aún mucho más lío.
  • No es un derecho universal, de hecho, solo podrán cobrarlo quienes cumplan los requisitos.
  • No es un derecho suficiente. El umbral de la pobreza del año 2018 en el Estado era de 739€ al mes y en Euskadi 895 € al mes. El umbral de la pobreza extrema o severa es, en el Estado de 492€ al mes y en Euskadi de 597€ al mes. Todo para 1 persona sola. La cuantía del IMV (para una persona) es de 462€ al mes. Con lo cual, esta prestación no va a sacar a nadie de la pobreza. Ni siquiera a quienes la cobren.
  • NO es un derecho individual. Es decir, no te lo dan como persona, sino como miembro de una Unidad de Convivencia.