El personal que desde el inicio de la crisis sanitaria, hayan sido afectadas por estas reducciones en la prestación por desempleo tienen derecho a ser compensadas por el SEPE. Si es tu caso, debes de solicitarlo antes del 30 de junio de 2021.

 

 

El SEPE ha discriminado durante la situación del estado de alarma al personal con contratos parciales

Durante la aplicación de las medidas extraordinarias debido a la crisis sanitaria provocada por la COVID19 el SEPE ha discriminado a las personas trabajadoras con contratos parciales que trabajaban para más de una empresa simultáneamente.

Esta discriminación ha afectado a aquellos y aquellas trabajadoras parciales, que teniendo más de un contrato estaban afectadas por un ERTE en una de las empresas. En estas situaciones el SEPE les aplicó un doble recorte. Esto es, a su base de cotización ya reducida por la parcialidad le aplicaba un coeficiente reductor en base al porcentaje de la jornada conservada.

Hay que recordar esta práctica discriminatoria afecta de manera mayoritaria a las mujeres, son las que sufren el 75% de los contratos a tiempo parcial. Esta parcialidad, además, es impuesta en un 72% de los casos.

También es importante recordar, que en numerosas ocasiones el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha condenado al Reino de España por prácticas discriminatorias hacía las trabajadoras a tiempo parcial.

 

Nueva regulación para el cobro del desempleo para trabajadoras parciales afectadas por ERTEs COVID

Desde la entrada en vigor el pasado 1 de octubre del RD-ley 30/2020 se establece que todas aquellas personas trabajadoras parciales afectadas por cualquier tipo de ERTE en el que la causa este ligada al COVID (fuerza mayor o causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) cobrarán íntegramente la prestación de desempleo correspondiente a la jornada suspendida por el ERTE sin que se les aplique ningún tipo de coeficiente reductor.

Además, se establece que aquellas trabajadoras y trabajadores que desde el inicio de la crisis sanitaria hayan sido afectadas por estas reducciones en la prestación por desempleo, tienen derecho a ser compensadas por el SEPE. Para ello habrá que cursar solicitud ante el SEPE antes del 30 de junio de 2021.

 

En el buen camino, pero insuficiente

En ESK entendemos que esta medida es absolutamente insuficiente porque no ataja la discriminación en el cobro de las prestaciones por desempleo para aquellos y aquellas trabajadoras parciales no afectadas por ERTEs COVID.

Exigimos que este criterio se extienda, más pronto que tarde, al conjunto de las prestaciones por desempleo y de la Seguridad Social.

 

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SEPE jorada a tiempo parcial covid coronavirus

 

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