Hace 74 años la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó y proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un texto normativo que sigue siendo hoy en día una referencia de primer rango para la construcción de un mundo más justo y humano.

Dicho esto, no es menos cierto que su redacción muestra sesgos que obligan a una revisión de la misma.


 

 

REESCRIBIR EL DERECHO A LA VIDA

Hace 74 años la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó y proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un texto normativo que sigue siendo hoy en día una referencia de primer rango para la construcción de un mundo más justo y humano.

Dicho esto, no es menos cierto que su redacción muestra sesgos que obligan a una revisión de la misma.

El “corazón” de los derechos humanos lo constituye, sin duda, la “dignidad humana”, concepto que a menudo se confunde – por razones ideológicas – con él de “mérito”. No obstante, debe estar claro, conforme el Artículo 1 de la citada Declaración, que la dignidad humana no es lo mismo que el valor que pueda atribuirse a una persona por sus “actos” – contribuciones u omisiones - sino tiene exclusivamente que ver con su “ser”. Ese “ser” lo comparte cualquier “ser” humano con cualquier otro y en exactamente la misma medida. Somos igualmente dignas y dignos de respeto.

Resulta tampoco cuestionable que los seres humanos tenemos necesidades de cuya satisfacción depende nuestra subsistencia y desarrollo.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce dicha realidad, entre otros, en su artículo 25:

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”

Dejando aparte el sesgo sexista del citado artículo, nos llama la atención su última frase, la que implica la posibilidad de perder nuestros medios de subsistencia por “voluntad propia”, en cuyo caso “perderíamos” también el derecho a la subsistencia.

No cabe duda de que la Declaración Universal parte de una situación no cuestionada: hay personas que nacen con muchos medios para subsistir y otras con prácticamente ninguno, salvo su capacidad de trabajar. De ahí, se declara el derecho a la vida dependiente de la disponibilidad para el empleo, por lo menos para la inmensa mayoría de la gente, que no es “rica”. En otras palabras, la Declaración Universal acepta las “premisas” del sistema capitalista como sustrato natural de los derechos humanos, a pesar de que los hechos demuestran sobradamente que éste, a rienda suelta, no sólo genera desigualdad por todas partes sino también amenaza con acabar con nuestro planeta.

Sin duda, nuestro sistema actual de protección social bebe de la misma fuente, por mucho que tienda a “universalizarse”. Las rentas mínimas condicionadas tales como la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) o el Ingreso Mínimo Vital (IMV) son una muestra clara de cómo el “espíritu” capitalista permea todas las instituciones públicas.

Es verdad que el – todavía - Proyecto de Ley del Sistema de Renta de Garantía de Ingresos y para la Inclusión del Gobierno Vasco sigue haciendo hincapié en la “solidaridad” como uno de sus principios. Éste, sin embargo, queda muy debilitado por la omnipresente condicionalidad que es el rasgo principal del sistema. La futura RGI continuará siendo una carrera de obstáculos para poder ejercer un derecho tan fundamental como el derecho a “un nivel de vida adecuado”. Además, el citado Proyecto no ha dejado nada en el tintero para estigmatizar y criminalizar a las personas “pobres”.

Hay motivos sólidos para creer que el derecho fundamental a una vida digna nunca va a ser efectivo en ningún sitio sin la implantación de una Renta Básica Incondicional (RBI). Esto no equivale en absoluto a afirmar que con una RBI todos los graves problemas con que nuestras sociedades se enfrentan en la actualidad estarán resueltos. Se trata más bien de permitir que nos situemos en un escenario desde donde podamos comenzar a repensar y rehacer nuestras vidas con más autonomía tanto en el plano individual como comunitario.

Lo que debe quedar claro también es que la RBI precisará de un anclaje inequívoco en la normativa de más alto rango.

 

10 de diciembre 2022. Día Internacional por los Derechos Humanos

Artículo de opinión de Stijn Callens (miembro de Argilan-ESK) 

 

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