ESK gana una sentencia pionera que ataca la brecha salarial entre hombres y mujeres en la administración pública y obliga a pagar la antigüedad y la carrera profesional al personal que se encuentre en situación de reducción de jornada por conciliación familiar.


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El pasado 22 de abril, la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Gasteiz dictó una sentencia pionera que supone un nuevo avance en la lucha contra la brecha salarial entre hombres y mujeres, una realidad que también existe en la administración pública y que desde ESK llevamos años denunciando.

 

100% del plus de antigüedad y del complemento de carrera profesional

La sentencia reconoce el derecho a percibir el 100% del plus de antigüedad y del complemento de carrera profesional al personal que se encuentre en situación de reducción de jornada por conciliación familiar. En otras palabras, establece que ejercer el derecho a la conciliación no puede implicar una pérdida de derechos salariales estructurales.

En la denuncia presentada por ESK se defendía el derecho a la conciliación de la vida personal y laboral recogido en el Estatuto Básico del Empleado Público. También se señalaba la discriminación que supone dejar de percibir estos complementos en situaciones de reducción de jornada, mientras sí se mantienen en otros supuestos, como las vacaciones o las bajas por incapacidad temporal.

 

 

Brecha salarial... también en lo público

Con esta denuncia, ESK ha querido poner sobre la mesa la problemática de los cuidados y visibilizar la brecha salarial de género existente tanto en la administración pública como, de manera concreta, en Osakidetza. Cuando hablamos de brecha salarial de género hablamos precisamente de situaciones como esta: de cómo las mujeres ven reducido su salario cuando disminuyen su jornada laboral para asumir tareas de cuidado familiar. Y esto ocurre porque siguen siendo mayoritariamente las mujeres quienes hacen uso de las medidas de conciliación.

Tal y como denuncia el movimiento feminista, uno de los principales factores de desigualdad sigue estando en los cuidados: en un reparto injusto que continúa cargando sobre las mujeres las tareas reproductivas y de atención familiar, penalizándolas además en el ámbito laboral. Este tipo de discriminación resulta inaceptable en cualquier entorno, pero lo es aún más en la administración pública y especialmente grave en Osakidetza, uno de los sectores más feminizados.

Esta situación ha supuesto durante años una penalización y precarización de las mujeres trabajadoras y, hasta ahora, ha contado con la permisividad de Osakidetza, algo que desde ESK no vamos a dejar de denunciar.

 

Discriminación

La sentencia no solo confirma que la desigualdad es estructural, sino que también evidencia que en Osakidetza esa desigualdad tenía consecuencias económicas directas para las mujeres. Además, la propia resolución incorpora expresamente la perspectiva de género y recoge los datos del II Plan de Igualdad de Osakidetza, que muestran que el 91% de las reducciones de jornada por cuidados recaen sobre mujeres. Por ello, concluye que cualquier penalización económica derivada de estas situaciones constituye una forma de discriminación indirecta. La sentencia también señala que reducir estos complementos salariales contribuye a agravar la brecha salarial y desincentiva el ejercicio del derecho a la conciliación.

 

 

Políticas feministas transversales

Desde ESK consideramos que esta sentencia abre un camino importante para combatir la brecha salarial no solo en Osakidetza, sino en el conjunto del sector público. Además, estamos estudiando la posibilidad de trasladar esta reivindicación también al ámbito privado.

Sin duda, esta sentencia supone un avance significativo en la lucha contra la desigualdad de género, pero no es suficiente. La problemática de los cuidados es estructural y afecta directamente a las desigualdades que sufren las mujeres en el ámbito laboral. Mientras las instituciones no impulsen medidas profundas y reformas estructurales relacionadas con el reparto de los cuidados y con las condiciones laborales de las mujeres, este tipo de sentencias seguirán siendo soluciones parciales que no abordan la raíz del problema.

También en el ámbito laboral hacen falta políticas feministas transversales que afronten, entre otras cuestiones, la conciliación desde una verdadera perspectiva de género.

 

 

 

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