Os dejamos un resumen de la nueva normativa que da respuesta a las situaciones relacionadas con la menstruación, la interrupción del embarazo y la gestación, que entró en vigor el 1 de junio de 2023.
« Este cambio legislativo entró en vigor el 1 de junio de 2023 »
El 1 de marzo de 2023 se modificó la Ley Orgánica 2/2010, de salud sexual y reproductiva. Las medidas de esta Ley dan respuesta a las situaciones relacionadas con la menstruación, la interrupción del embarazo y la gestación.
Este cambio legislativo que entró en vigor el 1 de junio de 2023 trae el reconocimiento de tres causas de baja para las mujeres.
Baja por menstruación incapacitante secundaria
Remunerada desde el primer día al 60% de la base reguladora. Esta baja la abonará directamente la Seguridad Social, por lo que no supondrá un gasto extra para las empresas.
Baja médica por interrupción del embarazo (ya sea voluntario o no)
Remunerada desde el primer día, abonándose de la siguiente forma:
- El 1º día se abonará como día trabajado (100%).
- Desde el 2º hasta el día 20º se abonará el 60% de la base reguladora.
- A partir del día 21º se abonará el 75%.
Baja por gestación, desde primer día de la semana 39
Remunerada desde el primer día, abonándose de la siguiente forma:
- El 1º día se abonará como día trabajado (100%).
- Desde el 2º hasta el día 20º se abonará el 60% de la base reguladora.
- A partir del día 21º se abonará el 75%.
Antes de esta modificación legal, cualquier persona que estuviera en alguna de estas situaciones, solo tenia la opción de solicitar la baja médica por enfermedad común. Esto suponía que si no había un convenio (de empresa o sectorial) que mejorase las condiciones de las bajas, muchas trabajadoras estuvieran los 3 primeros días sin cobrar (ya que la Seguridad Social durante estos primeros días de baja no paga nada).
Esta nueva normativa garantiza la remuneración desde el 1º día y supone que las trabajadoras no renuncien al cuidado de su salud por motivos económicos. Además visibiliza y reconoce un problema de salud hasta ahora ignorado.
No obstante es necesario seguir avanzando en esta dirección para aplicar la perspectiva de género en la salud... y también en la salud laboral.
Los convenios autonómicos y provinciales tendrán prioridad sobre los estatales
Nuevos permisos de lactancia y cuidados (Real Decreto Ley 2/2024)
Medidas relativas a la conciliación y la vida profesional de las personas con menores a cargo y cuidadoras
Baja médica por menstruación, gestación o interrupción del embarazo
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