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Gure webgunea berritzen ari gara. Hurrengo asteetan amaituta izango dugu.


Iosu Balmaseda eta Iñaki Uribarri Argilan-ESK ko kideen artikulua

Azken bi urteetan, ESK eta ARGILAN-ESK-k, Oinarrizko Errenta sarearekin harremanetan (sare horren parte gara sorreratik, 2001. urtean), hausnartu izan dugu ea zer bide izan litezkeen erabilgarrienak Baldintzarik Gabeko Oinarrizko Errentaren ideia agenda politikoan, legebiltzarreko agendan eta garrantzitsuena dena, aldarrikapeneko agenda sozialean egon dadin.

Hamarkadak daramatzagu pobreziaren aurka borrokan, baina ia beti defentsiban, gure eskubideen etengabeko murrizketen aurrean. Gaur uste dugu urratsa aldatu behar dela, eta baldintzak daudela erasoaldira pasatzeko eta herri-ekimen bat sortzeko, baldintzarik gabeko oinarrizko errenta bat defendatuko duena, horren inguruan indarrak batzea lortuko duena eta, herritarren mobilizazioaren bidez, proposamen hori agenda politikoan eta parlamentarioan jartzea lortuko duena.

Enplegurako eskubidearen gainetik eta enplegua alde batera utzita, pertsona guztientzat bizitza duina izateko eskubidea lortu behar dugu, gaur inoiz baino gehiago. Gaur egun, are beharrezkoagoa da hori pobreziaren gorakada bortitzaren aurrean eta, bestetik, trantsizio ekologikoaren erronkaren aurrean: ezin dugu onartu langile askok edozein enpleguri heldu behar izatea, oso kutsagarria izan arren.

Pobreziaren muga baino handiagoa den BBB batekin, ez dago zalantzarik pobrezia desagertuko litzatekeela. BBB batek aukera emango luke pertsona guztiek, eta bereziki behartsuenek, ahalik eta aukerarik handiena izan dezaten beren buruarentzat aukeratu ditzaketen bizi-planak gauzatzeko. Une honetan planteatu behar da politika ekonomiko eta sozialeko neurri berri batek, BBB kasu, herritar guztiei ahalbidetzea beren bizitzaren bermea beren existentziaren erdigunean egongo dela. Hori lortzeko, beti bezala, kalera irtetea besterik ez zaigu geratzen, borroka egitera.

Baldintzarik gabeko Oinarrizko Errentari buruzko Legegintzako Herri Ekimen baten erabilgarritasuna

Helburu horrekin, Argilan-ESK-k eta esk sindikatuak, oro har, oinarrizko errenta sarearen laguntzarekin, aurrera eramango dugu Baldintzarik Gabeko Oinarrizko Errentari buruzko Herri Ekimen Legegilea (ILP), Euskal Autonomia Erkidegoko (EAE) Legebiltzarrean aurkezteko.


Según la ley de ILP que rige en la CAV, la propuesta de ILP, debe presentarse ante la mesa del Parlamento, la cual deberá autorizar la recogida de las 10.000 firmas, como mínimo, en un plazo de cuatro meses, que harán posible que la ILP entre en el Parlamento.

Somos conscientes de que la correlación de fuerzas del Parlamento elegido en la CAV en las pasadas elecciones autonómicas del 12 de Julio, dificulta mucho el éxito de esta iniciativa, pero también lo somos de la utilidad que tiene una iniciativa como esta, que nos permitirá una larga campaña de difusión de la RBI (nada menos que cuatro meses), así como obligar a que esta propuesta de ley sea debatida en el pleno del Parlamento Vasco.

Queremos discutir, con los tres partidos de Izquierdas (EH Bildu, PSE y Ahal Dugu-Podemos) que tienen presencia en el Parlamento, sobre la implantación en la CAPV de una Renta Básica Incondicional. Queremos que se posicionen; que, de una vez por todas, nos digan si están a favor o en contra. Pero también queremos sacar a la luz, la verdadera cara del PNV. Queremos que manifieste sus razones que le llevan a estar en contra de implementar una medida como la RBI, capaz de acabar con la pobreza, cosa que no ha conseguido su política de pobres, existente desde 1989, y basada en la concesión de una renta mínima condicionada, como la actual RGI (Renta de Garantía de Ingresos) y la PCV (Prestación Complementaria de Vivienda).

Tan interesante como el debate parlamentario nos parece el propio camino a recorrer. La utilidad que nos va a proporcionar una iniciativa como la ILP, es que, por lo menos durante el tiempo en que se vaya conformando el agrupamiento de fuerzas que esperamos converjan en la presentación de la ILP ante la mesa del Parlamento; así como en los cuatro meses posteriores en que habrá que recoger las firmas, las actividades que se puedan organizar a favor de la RBI, van a permitir ampliar su conocimiento a gentes que la desconocían, agrupar a las personas y movimiento que estamos a favor de un Renta Básica Incondicional, llegar a los medios de comunicación y ponerlo en la agenda política en la CAPV.

Ante el fracaso de las rentas mínimas condicionadas, necesitamos una Renta Básica Incondicional

El sistema de rentas mínimas garantizadas y condicionadas implantado en la CAE hace treinta años se ha demostrado incapaz de acabar con la pobreza, principal objetivo con el que nació, y se ha convertido en un artefacto administrativo disfuncional que ataca los derechos subjetivos de las personas solicitantes y perceptoras, haciendo que la fragilidad de su existencia basada en la carencia de ingresos para llevar una vida digna, empeore al entrar en el sistema gestionado por Lanbide.

Tras los numerosos cambios legislativos y administrativos implantados en estas tres décadas, debe reconocerse que los fallos no están en la gestión, aunque esta pudiera mejorarse notablemente. Es el modelo de rentas mínimas garantizadas y condicionadas el que ha fracasado. Ante este fracaso, lo que se impone es un cambio de modelo.

La ILP para una Renta Básica Incondicional, supone un cambio radical del actual modelo de lucha contra la pobreza. El paradigma que defiende la RBI es que, si se garantiza a toda la ciudadanía un ingreso por parte de los poderes públicos, que le permita llevar a cabo su proyecto de una vida digna, no sólo se habrá conseguido acabar con la pobreza económica en origen, sino que se habrán creado condiciones de libertad para que todas las personas, a la hora de plantear su proyecto vital, no tengan que depender de otras para conseguir los medios económicos que garanticen su subsistencia.

Rasgos fundamentales de la RBI que proponemos

Se trata de una prestación dineraria financiada por los Presupuestos del Gobierno Vasco.

Tendrán derecho a ella todas las personas residentes en la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE). El derecho tendrá carácter de derecho subjetivo, es decir, prevalecerá frente a cualquier circunstancia que pueda afectar a los Presupuestos del GV.

Salvo el requisito de residencia, no existirá ningún otro requisito para percibir la RBI. Esto significa que todas las personas residentes en la CAE tendrán derecho a la RBI con independencia de si tienen o no empleo, de con quienes convivan y de sus otras fuentes de renta o patrimonio.

La RBI no supondrá ningún recorte o menoscabo de los derechos que actualmente conforman el estado de bienestar y que tienen la caracterización jurídica de derechos subjetivos: derecho a la salud, derecho a la educación, derecho a la vivienda, derecho a la atención ante la dependencia, pensiones, prestaciones de desempleo, etc.

El derecho a la vivienda requiere una mención especial destinada a que se entienda correctamente por qué se ha decidido, en esta ILP, que el importe de la RBI, que se establece en el artículo 5, no incluya el gasto de alquiler o compra a préstamo de la vivienda.

La primera razón, es que el derecho subjetivo a la vivienda ya está recogido, como tal, en la CAE, en la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda. Concretamente en su Capítulo II.- Derecho subjetivo a la ocupación legal de una vivienda digna y adecuada. De lo que se trata, en este sentido, es que la vivienda llegue a ser un derecho tan protegido y satisfactoriamente gestionado como lo son otros derechos sociales que integran el estado de bienestar.

La segunda razón es que, dada la variedad de situaciones que se acumulan en torno a la vivienda, y el peso económico que la misma tiene, sobre todo para los colectivos de la población a los cuales la RBI puede resultar más necesaria para llevar una vida digna, hace prácticamente imposible buscar una fórmula unitaria y sencilla para fijar la RBI, en la cual descansen, sin contradicciones, los criterios que se fijan en el artículo 3.

Articulado de la propuesta de Ley de Renta Básica Incondicional

Artículo 1.- Mediante esta Ley se implanta en la CAE una Renta Básica Incondicional (RBI) que se regirá con arreglo a los artículos que siguen.

Artículo 2.- La RBI es un beneficio en favor de toda persona residente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE), consistente en una prestación monetaria mensual que le permita la satisfacción de sus necesidades básicas, sin que ello tenga como exigencia una contraprestación de ningún tipo, e independientemente de aquella con la producción de servicios en la sociedad bajo cualquier modalidad de trabajo.

Los principios básicos de la RBI serán:

El carácter universal de la prestación económica.

Su carácter individual.

El carácter no condicionado a los ingresos económicos o rentas que se tengan, así como al patrimonio, ya sean personales o familiares, sin perjuicio de que estos ingresos o patrimonio estén gravados por los impuestos correspondientes que la normativa fiscal establezca.

La RBI es de carácter irrenunciable, inalienable, imprescriptible, e inembargable y toda cesión que se hiciera de ella, cualquiera que sea su causa, será nula.

Artículo 3.- Mediante la creación del derecho subjetivo a la RBI se persiguen las siguientes finalidades:

Incrementar el grado de autonomía y libertad real de la población en sus elecciones laborales, de formación y de proyectos de vida en general.

Aspiramos a que estos proyectos de vida integren y estimulen actitudes participativas y solidarias en actividades colectivas y sociales, en busca de una sociedad más colaborativa.

Superar el sistema de rentas mínimas garantizadas y condicionadas, vigente hasta la fecha, proponiendo un sistema de prestaciones más integrado y coherente.

Acabar con las situaciones de pobreza y las condiciones que propician su ciclo de reproducción.

Evitar la estigmatización de aquella parte de la población que depende total o parcialmente de las prestaciones asistenciales para subsistir.

Artículo 4.- Para tener derecho a la RBI habrá que demostrar 3 meses de residencia efectiva en cualquier municipio de la CAE. Dicho derecho se mantendrá mientras lo haga la residencia efectiva en la CAE.

Artículo 5.- La financiación de la RBI será responsabilidad del Gobierno Vasco. Su importe cubrirá, como mínimo, el umbral de bajos ingresos, tal como lo define la Oficina Estadística de la Unión Europea, Eurostat. Dicho importe será, para el año 2019, igual a 895,63 € mensuales, para una persona adulta o una menor de 18 años independizada, y del 20% de la anterior cantidad, 179,13 €, para los y las menores de 18 años.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

A la entrada en vigor de esta Ley quedarán derogadas todas las disposiciones legales o reglamentarias que contradigan o se opongan a la misma.

RENTA BÁSICA ES AUTONOMÍA

*Red de Renta Básica y Argilan-ESK. La violencia económica también es una forma de violencia machista25 NOVIEMBREDía internacional de la Irakurri

Presentación del colectivo Orain!,por una Renta Básica Incondicional

El pasado 9 de mayo se ha presentado en Bilbao un nuevo colectivo a favor de la renta Básica Incondicional. Irakurri

Artículo de opinión.Reescribir el derecho a la vida.

*Artículo de opinión de Stijn Callens (miembro de Argilan-ESK) Hace 74 años la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó Irakurri

La Junta Electoral certifica que se han superado las 10.000 firmas. ¡Es el momento!

La Junta Electoral de la CAE comunicó el pasado 15 de febrero a la Comisión Promotora de la ILP la Irakurri
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