A lo largo de la semana pasada los sindicatos ESK, ELA, LAB en la OSI Bilbao-Basurto de Osakidetza, presentamos este escrito ante la dirección de personal de la OSI Bilbao Basurto e inspección de trabajao para denunciar la vulneración el derecho a la huelga por parte de la Dirección de la OSI en la convocatoria de huelga general del pasado 30 de enero
En la reunión de servicios mínimos celebrada días antes de la huelga del 30 de enero, se establecieron, como viene siendo costumbre, unos servicios mínimos abusivos, superiores a la presencia efectiva habitual en jornadas de sábado, que es el servicio mínimo establecido en la orden dictada por el Departamento de Trabajo del Gobierno Vasco.
Ante nuestra demanda de explicaciones ante tal limitación al derecho a la huelga la dirección adujo que el hospital Basurto tiene que funcionar con normalidad y que deben de garantizar la presencia de unos servicios mínimos capaces de atender a la población citada para ese día.
Asimismo, solicitamos que a las personas que fueran designadas servicios mínimos se les indicase cuales son los servicios mínimos que tienen que realizar en la jornada de huelga, algo a lo que se negaron, asumiendo que eso puede ser consultado a los superiores jerárquicos el mismo día de la huelga.
Sin embargo, esa falta de concreción facilita que el servicio mínimo se convierta en máximo al tener que asumir todo el trabajo que se le asigne, sin indicársele si ese trabajo es indemorable o no. Un ejemplo muy claro lo tuvimos en el quirófano de Makua, en el que trabajan habitualmente dos celadores, uno de los cuales decidió secundar la huelga. Al decretado como servicio mínimo se le pidió que realizase el trabajo de ambas personas, algo del todo imposible, sin indicársele cuales eran los servicios mínimos que tenía que realizar.
Al denunciar la sobrecarga de trabajo y la asunción de tareas de personal en huelga la dirección de personal nos respondió que el celador no debía de introducir, en el quirófano, pacientes que no fuera capaz de atender. A pesar de nuestra petición en la reunión de servicios mínimos, de que éstos fueran indicados a los profesionales, se les deja en una situación de indefensión, al desconocer qué quirófano/s funcionaban como servicios mínimos, y por tanto los que debiera de haber atendido en exclusiva para no realizar funciones del personal que realizó huelga esa jornada.
En el servicio de radiodiagnóstico se sustituyó a un celador que secundó la huelga por un técnico de rayos X. Es la propia dirección la que contraviene la normativa de no sustitución de huelguistas al no definir los servicios mínimos que ha de realizar el personal designado como tal, permitiendo que las jefaturas decidan sustituir a huelguistas con el personal que ha decidido no secundar la huelga o aquel que ha recibido la notificación de servicio mínimo, pero al que no se le indican las funciones mínimas a realizar, con la esperanza de que realice todas las necesarias para que el servicio funcione con normalidad.
La programación de los quirófanos también fue modificada respecto a la programación inicial que nos fue entregada y calificada como servicio mínimo, incluyéndose a posteriori intervenciones no indemorables que podrían haberse realizado cualquier otro día.
Por otro lado, en el ambulatorio de Txurdínaga, donde no había decretados servicios mínimos, en el área de ACC, mantuvieron una contratación eventual de sustitución pese a que la trabajadora titular a quien sustituía acudió a trabajar, para cubrir las ausencias de los posibles huelguistas.