Recientemente ha salido una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo denegando el derecho al disfrute de los días canosos del año 2015 al personal estatutario de Osakidetza.
Después de los últimos posicionamientos de la Justicia ya no nos sorprende nada, sin embargo, a ESK nos parece un disparate el razonamiento que la Jueza da para negar eses derecho a miles de compañeros y compañeras.
En este sentido, cabe señalar que la Jueza alega, entre otras cosas, el alto coste que tendría esta medida y su impacto en los presupuestos. Para ello cita que las partidas destinadas en el año 2015 a la financiación de los tratamientos de la hepatitis C y para financiar el incremento del IVA en los productos sanitarios hacen inviables otras desviaciones presupuestarias.
Desde ESK queremos denunciar este racionamiento de la Justicia para dar o retirar derechos a la plantilla de Osakidetza ¿quién ha nombrado a esta Jueza como Consejera de Economía del Gobierno Vasco? ¿Dónde queda la división de poderes que se le presupone a cualquier Estado democrático?
De igual manera, queremos recriminar los términos de la sentencia ya que pretende enfrentar los derechos de la ciudadanía a tener una sanidad de calidad frente a los derechos de los y las trabajadoras de Osakidetza.
Desde ESK decimos alto y claro que no lo van a conseguir, reivindicamos una sanidad pública y de calidad donde se dé un servicio de calidad a la ciudadanía a través de un personal profesional con derechos en su puesto de trabajo. No son problemas enfrentados, más bien complementarios: difícilmente se va dar un servicio de calidad si la plantilla no se ve reconocida en su trabajo.
Por último, desde ESK queremos señalar que esta sentencia ahonda en la diferenciación de condiciones de trabajo entre personas que desarrollan las mismas funciones. Por eso queremos dejar claro nuestra oposición a dicha sentencia ya que consideramos que a igual trabajo le corresponden iguales derechos.
¡¡¡Defendamos nuestros derechos!!!